Procedimientoadministrativo sancionador generado contra el señor M EZ ON ES C HA VE Z R AU L (con R.U.C. N° 10033154637), por su supuesta responsabilidad al haber contratado con el Estado, estando inmersa en el supuesto de impedimento previsto en el literal h) enconcordancia con el literal d) del numeral 11.1 del artículo 11 del Texto único Ordenadode la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Supremo N° 082-2019-E F, en el marco de la contratación perfeccionada con la Orden de Servicio N° 279-2023-Municipalidad Provincial de Morropón-Chulucanas del 13 de febrero de2023, emitida por la Municipalidad Provincial de Morropón-Chulucanas, para lacontratación del “Servicio requerido por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Territorial e IN FR”;